Arrendador y arrendatario. Y otros muchos conceptos del alquiler de viviendas

Rubén Castro, actualizado a 16 diciembre 2018

¿Estás buscando un alquiler y quieres saber qué significan los términos arrendador y arrendatario? En el siguiente artículo te los explicaré, junto a muchos más conceptos básicos relacionados con el alquiler de viviendas, para que sepas identificar los términos más usados.

Arrendador

Es la persona jurídica o empresa propietaria del inmueble y que la pone en alquiler (arrendamiento). Muchas veces también es conocido como “el casero”.

Arrendatario

Persona o empresa que se beneficia del uso del piso o casa a cambio de una cuota de alquiler pactada con el propietario. En otras palabras, es el que paga una cantidad de dinero para poder usar la vivienda o inmueble.

El arrendador es el dueño de la casa, y el arrendatario quien paga el arriendo por el derecho a gozar o disfrutar de ella.

LAU

La LAU es la Ley de Arrendamientos Urbanos. Puedes bajar la última versión (modificada el 31 de marzo del 2015) de la misma en el siguiente enlace.

Duración del contrato

El inquilino tendrá derecho a que se prorrogue el contrato obligatoriamente hasta tres años. Antes tenía asegurados cinco años de contrato si así lo quería. Las prórrogas sucesivas serán de un año, cuando antes eran de tres.

Fianza

Se trata de una cantidad de dinero, que se usa como un depósito, destinada a sufragar los impagos o los destrozos de un inmueble. Se suele utilizar en todos los contratos de alquiler y la cantidad suele oscilar entre 1 y 3 meses de alquiler. Los paga el arrendatario al arrendador.

Desistimiento del contrato por el inquilino

Siempre que hayan transcurrido al menos seis meses de contrato, el inquilino podrá desistir del contrato, bajo condición de que lo comunique al arrendador con un plazo mínimo de un mes. Podrá establecerse en el contrato una indemnización a favor del arrendador por este concepto de una mensualidad de renta por año de contrato que reste por cumplir.

Enajenación

En caso de que la vivienda se venda, done o se haga una permuta, el nuevo propietario deberá mantener las obligaciones del antiguo siempre que el contrato de alquiler esté inscrito en el Registro de la Propiedad. Si no lo está, el contrato puede extinguirse, pero el inquilino podrá exigir que se cumpla durante tres meses más.

Derecho de adquisición preferente

Si el propietario decide vender su vivienda, el inquilino tendrá un derecho de adquisición prioritario sobre el inmueble. En caso de que el arrendatario renuncie, el arrendador deberá comunicar la compraventa como mínimo 30 días antes.

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