Aval bancario para alquiler, ¿qué es y cuánto cuesta?

Rubén Castro, actualizado a 16 diciembre 2018

El aval bancario es uno de los requisitos habituales que piden los propietarios de pisos a sus inquilinos para asegurarse de que no haya problemas con el cobro de las mensualidades. A continuación vamos a ver en qué consiste un aval, los gastos que tiene y también los riesgos.

Qué es un aval bancario para el alquiler

Un aval bancario de alquiler es un contrato entre el inquilino y el banco que garantiza que se van a pagar la cuotas al arrendador.

Le sirve al propietario para minimizar el riesgo de impago. Si el inquilino no paga el alquiler, el banco responde hasta la cantidad del aval.

¿Como se hace?

El inquilino firma el contrato con el banco, por un importe determinado. Y ese papel se lo entrega al casero. Esto le permite al arrendador cobrar esos importes si el inquilino incumple sus pagos alcanzados en el contrato. Después el banco podría ir contra el inquilino para recuperar esos importes (con intereses incluidos).

Para que te den un aval hay dos formas:

  1. El inquilino ingresa el dinero en el banco, el banco los bloquea por el tiempo que dure el aval (el mismo que el contrato) y el banco le da la carta del aval.
  2. El banco se fía del inquilino, porque es buen cliente o porque no tiene deudas pendientes y el banco le da el aval, pero le cobra una comisión más por avalarle.

Cuánto cuesta un aval bancario para el alquiler

La cuotas o comisiones varían entre los diferentes bancos y también varían en función de la cantidad a avalar y del riesgo. Pero en general las comisiones más habituales son:

  • Comisiones de gestión o estudio: se cobra una sola vez a la contratación del aval.
  • Formalización del aval: se cobra una sola vez en la emisión de la carta del aval.
  • Porcentaje sobre el importe del aval o riesgo trimestral: se paga cada 3 meses durante la vigencia del aval y su cuantía suele depender de factores como el plazo, el tipo de aval o el riesgo que la entidad financiera considera que está asumiendo.

Todas las cantidades a cobrar suelen ser un porcentaje (entre 0,5 y 2%) sobre el importe máximo avalado. Además, hay algunos bancos que tienen importes mínimos de 50 o 60 euros aproximadamente, por cada cantidad.

Para que te hagas una idea, lo normal es solicitar un aval bancario por el importe de entre 3 y 6 mensualidades de alquiler (pedir más es un abuso).

Por ejemplo, para un aval de 6.000 euros, las cantidades a pagar podrían ir desde los 200 hasta los 600 euros el primer año. Y algo menos los siguientes, porque solo se cobraría la prima de riesgo trimestral.

Como ves, las diferencias de precios entre bancos son muy altas, por lo que es muy importante que pidas información en bancos diferentes (a mí los que mejor precio me han dado son los de ING).

Otras opciones a un aval bancario

  • La opción más cara y menos ventajosa para el inquilino es el seguro de alquiler. Las comisiones son mucho más alta y pueden suponer, incluso, más de una mensualidad al año.
  • Ofrecer pagar una fianza mayor. La fianza normal es de 1 mes. En este caso se podría negociar una fianza aumentada de 2 o 3 meses. De esta forma el inquilino se ahorra las comisiones del banco y el casero tiene un colchón de seguridad por si se producen los impagos.
  • También puede pedirse un aval personal de alguien con propiedades o que sea funcionario, por ejemplo, los padres de los inquilinos, si son solventes. Los avales personales suelen ser gratuitos, aunque nada impide a las partes, si así lo estiman oportuno, establecer algún tipo de contraprestación por el aval.

Otras cosas a tener en cuenta sobre el aval bancario

  • Para cancelar un aval, hay que entregar el documento original en el banco. No sirven fotocopias. Guarda bien el aval original.
  • Los funcionarios son solventes. Debido a la naturaleza de su puesto, los funcionarios nunca van a ser declarados insolventes, por lo que no es necesario que tengan aval bancario. Si un funcionario no paga, se les puede llevar a juicio y el juez les obligaría a pagar todo lo que debieran al casero, más los gastos de los abogados. Y si no lo tuvieran, se les embargaría la nómina.
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